CONVOCATORIA FONDO COMUNAL CONARTE 2026

Postulante


Publicada el 24/04/2026, 16:02

CONVOCATORIA FONDO COMUNAL CONARTE 2026
RESPONSABLES DE PROYECTO


Primero: Objeto de la convocatoria
La Corporación Cultural Municipal de Valdivia (en adelante, “la Corporación”) convoca a artistas, creadores/as y agentes culturales a postular proyectos al Fondo Comunal CONARTE 2026, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo, creación, producción y difusión de iniciativas artísticas y culturales en la comuna.

 

Segundo: Áreas de postulación
Los proyectos deberán enmarcarse en alguna de las siguientes áreas:

  • Artes Visuales
  • Audiovisual
  • Artes Escénicas
  • Artesanía
  • Literatura
  • Música
  • Multiformato

Tercero: Requisitos de postulación
Podrán postular personas naturales o jurídicas que:
Sean mayores de 18 años (en caso de personas naturales).
Presenten un proyecto artístico o cultural original.
Cumplan con los requisitos específicos establecidos en las bases.
No se encuentren afectos a inhabilidades señaladas en estas condiciones.


Cuarto: Documentación requerida
Los/as postulantes deberán presentar, a lo menos:
Formulario de postulación completo.
Descripción del proyecto.
Presupuesto detallado.
Cronograma de ejecución.
Antecedentes curriculares del postulante o equipo.
Documentación adicional que respalde la propuesta (portafolio, dossier, etc.).

Quinto: Inhabilidades
No podrán postular:
Evaluadores/as de la convocatoria CONARTE 2026.
Personas con rendiciones pendientes con la Corporación.
Funcionarios/as directivos de la Corporación o personas con conflicto de interés directo en el proceso.
Personas que incumplan obligaciones contractuales previas con la Corporación.


Sexto: Responsabilidad del postulante
El/la postulante declara y garantiza que:
La información entregada es veraz, completa y actualizada.
El proyecto presentado es de su autoría o cuenta con las autorizaciones correspondientes.
Posee los derechos necesarios para ejecutar el proyecto.
El incumplimiento de estas declaraciones podrá implicar la exclusión del proceso o la revocación del financiamiento.


Séptimo: Propiedad intelectual
De conformidad con la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual:


Titularidad:
Los derechos de autor sobre los proyectos postulados pertenecen exclusivamente a sus autores/as.
Protección automática:
Las obras están protegidas desde el momento de su creación, sin necesidad de registro.


Licencia a la Corporación:
El/la postulante otorga a la Corporación una licencia no exclusiva, gratuita y por el plazo máximo de protección legal, para:
Difundir el proyecto y sus resultados.
Utilizar imágenes, extractos o registros audiovisuales con fines de promoción cultural e institucional.
Incorporar el proyecto en memorias, informes o plataformas institucionales.


Respeto a derechos morales:
La Corporación deberá respetar en todo momento la paternidad e integridad de la obra.

Obras de terceros:
Si el proyecto incorpora obras protegidas de terceros, el/la postulante deberá contar con las autorizaciones correspondientes, siendo exclusivamente responsable de su uso.
Octavo: Uso de imagen y difusión
Los/as postulantes autorizan el uso de su nombre, imagen y material del proyecto para fines de difusión del fondo, sin que ello implique pago adicional.


Noveno: Evaluación de proyectos
Los proyectos serán evaluados por un comité especializado conforme a criterios técnicos y artísticos definidos en las bases.
La decisión del comité será fundada y no estará sujeta a apelación.


Décimo: Adjudicación y ejecución
Los proyectos seleccionados deberán:
Suscribir el respectivo convenio con la Corporación en los plazos indicados por la misma.
Ejecutar el proyecto conforme al cronograma aprobado.
Rendir los recursos conforme a las normas vigentes.

Décimo primero: Rendición de cuentas
El/la beneficiario/a deberá presentar informes técnicos y financieros en los plazos establecidos.
El incumplimiento podrá implicar:
Reintegro de fondos.
Inhabilitación para futuras convocatorias.


Décimo segundo: Confidencialidad
La Corporación se compromete a utilizar los antecedentes de postulación únicamente para fines del proceso de evaluación y gestión del fondo.


Décimo tercero: Datos personales
Los datos personales serán tratados conforme a la normativa vigente y utilizados exclusivamente para la gestión del fondo.


Aceptación de las bases
La postulación al Fondo Comunal CONARTE Convocatoria 2026 implica el conocimiento y la aceptación íntegra de los presentes términos y condiciones.

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